Este blog describe lo que se vive con los pacientes críticos, es decir, cuando están "muy malitos". La VOZ de lo que pasa dentro de las paredes de una UCI o en la calle dentro de una ambulancia de SVA con los servicios de emergencias. Se abren las puertas a todos para que puedan participar en el día a día de los que cuidan a pacientes críticos.
1/21/2011
LA COMISIÓN EUROPEA LANZA UNA CONSULTA SOBRE LA DIRECTIVA DE RECONOCIMIENTO DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES
El pasado 7 de enero la Comisión Europea ha lanzado una consulta pública sobre la modificación de la Directiva de Reconocimiento de Cualificaciones Profesionales (Directiva 2005/36/CE). Esta Directiva tiene repercusiones directas sobre el reconocimiento de títulos extranjeros y sobre la posibilidad de conseguir empleo o prestar servicios en otro país miembro de la Unión Europea. En conjunto, esta normativa afecta a más de 800 profesiones reguladas en los Estados miembros, que únicamente pueden ser desempeñadas en el caso de haber adquirido determinadas cualificaciones profesionales, entre las que se incluye la psicología.
La actual Directiva, aprobada en 2005, que establece las reglas para el reconocimiento mutuo de cualificaciones profesionales entre los Estados miembros, ha mostrado ser muy restrictiva para permitir la movilidad de profesionales. En 2009, tan sólo el 2,4% de la población de la Unión Europea trabajaba en un Estado miembro diferente al de su nacionalidad. Por esta razón, y con el objetivo de impulsar la política de Mercado Único y facilitar la movilidad de profesionales dentro del espacio europeo, la Comisión Europea ha planteado la necesidad de reformar y simplificar este sistema de reconocimiento de títulos profesionales.
De esta manera, la Comisión Europea inició el pasado mes de marzo de 2010 un proceso de evaluación de la actual Directiva 2005/36/CE, solicitando a las autoridades competentes y los responsables nacionales de los países europeos un informe en el que se describiera su experiencia práctica en relación a la normativa de cualificación de profesionales. Los resultados de dicho estudio señalan las dificultades de los profesionales para identificar a las autoridades competentes, los trámites a seguir y los documentos a presentar, etc.
Actualmente, como un segundo paso en este proceso de revisión, la Comisión Europea ha iniciado esta consulta pública, -que consta de treinta preguntas referentes a temas como el carnet profesional, la comunicación de sanciones disciplinarias entre los Estados miembros, el desarrollo profesional continuo o los conocimientos lingüísticos necesarios para ejercer en otro país (ver Tabla I)-, y que pretende obtener la opinión de los interesados en tres aspectos básicos para la reforma del sistema de reconocimiento de cualificaciones profesionales:
Mayor simplificación de las normas vigentes en beneficio de los ciudadanos. Hoy en día, un profesional que quiere trasladarse a otro Estado miembro a trabajar debe realizar una serie de trámites que, en conjunto, se convierten en un complejo rompecabezas, lo que supone una barrera que dificulta el adecuado ajuste entre la oferta y la demanda laboral en la Unión Europea. La consulta invita a los interesados a que evalúen una serie de propuestas destinadas a reducir al mínimo el número de profesionales que se enfrentan a problemas cuando tratan de reubicarse profesionalmente dentro de la UE, tales como la una aplicación más coherente de la Directiva por parte de las autoridades encargadas de ello en toda la UE, una mejor planificación para ayudar a resolver las necesidades de los estudiantes universitarios y jóvenes licenciados, o la adopción de medidas complementarias de ayuda para que los profesionales puedan reubicarse en otro estado, así como la mejora de la movilidad de profesionales entre un Estado miembro que no haya regulado una profesión y un Estado miembro que sí lo haya hecho (como es el caso de guías turísticos o ingenieros).
La integración de las profesiones en el Mercado Único a través de la creación de una tarjeta profesional europea. A pesar de que la Directiva de 2005 tenía en cuenta el desarrollo de dos herramientas innovadoras en este campo, que son los carnets de acreditación profesional y las plataformas comunes, ambos proyectos no han llegado a tener el efecto deseado. La Consulta plantea, por tanto, a los interesados la posibilidad de implementar una tarjeta europea de profesionales, que pueda facilitar a los que quieran trabajar en el extranjero la demostración de sus credenciales, -iniciativa que está en estrecha relación con el pasaporte europeo de habilidades propuesto como parte de la agenda europea de Nuevas Habilidades y Empleo presentada recientemente por la Comisión-, y que conduce al replanteamiento de los actuales sistemas de control de reconocimiento de títulos de los Estados miembros.
Impulsar mayor confianza en el sistema y aumentar la concienciación sobre la legislación comunitaria en este ámbito. La creciente ampliación de la Unión Europea a 27 Estados miembros, las actuales reformas de los sistemas educativos, o los avances en el Plan Bolonia hacen necesaria la revisión del sistema de reconocimientos profesionales y de los grupos profesionales que podrían beneficiarse de un reconocimiento automático. La Directiva de 2005 consolidó algunos sistemas de reconocimiento automático sobre los que ahora la Consulta pretende analizar la situación, en particular, para los médicos, enfermeros de cuidados generales, odontólogos, matronas, veterinarios, farmacéuticos, arquitectos, así como muchas actividades en el sector de la artesanía y el comercio. La consulta pide ahora a las partes interesadas que consideren la necesidad de modernizar las condiciones de formación para estas profesiones, realizar comentarios sobre la necesidad de reforzar la cooperación entre las distintas autoridades nacionales y analizar la magnitud de los problemas relacionados con las habilidades lingüísticas que los profesionales están obligados a demostrar.
La consulta está dirigida a profesionales y consumidores de servicios interesados en la regulación profesional, a los diferentes colegios de profesionales (psicología, medicina, enfermería, etc.), asociaciones de consumidores, asociaciones de trabajo y de industria, así como a los ministros y responsables de las distintas áreas de profesiones reguladas, en particular, ministros de Economía, Educación, Salud Pública, Agricultura, Turismo y Transporte. El plazo de respuesta finaliza el próximo 15 de marzo y se concretará en un Libro Verde y un informe final de evaluación previo a la versión definitiva de la nueva Directiva prevista para 2012.
Se puede descargar el documento completo y consultar el procedimiento para el envío de respuestas en el siguiente enlace: http://ec.europa.eu/internal_market/consultations/2011/professional_qualifications_en.htm
Tabla I. Preguntas de la Comisión Europea incluidas en la consulta pública sobre la modificación de la Directiva de Reconocimiento de Cualificaciones Profesionales (Directiva 2005/36/CE):
1. ¿Tiene usted alguna sugerencia sobre cómo mejorar el acceso de los ciudadanos a la información sobre el proceso de reconocimiento de sus cualificaciones profesionales en otro Estado miembro?
2. ¿Tiene usted alguna sugerencia para la simplificación de los procedimientos actuales de reconocimiento? En caso de respuesta afirmativa, por favor, facilite sugerencias con evidencias de apoyo.
3. ¿Debería ser de obligatorio cumplimiento el Código de Conducta? ¿Es necesario enmendar el contenido del Código? Por favor, especifique y justifique sus razones.
4. ¿Tiene alguna experiencia sobre medidas compensatorias? ¿Considera que podrían tener un efecto disuasorio, por ejemplo, los tres años de duración del periodo de adaptación?
5. ¿Apoya la idea de desarrollar códigos de conducta europeos sobre los comportamientos y aptitudes o periodos de adaptación?
6. ¿Considera necesario incluir un repertorio de "acceso parcial" en la Directiva?
¿Bajo qué condiciones un profesional que recibe "acceso parcial" puede conseguir un acceso total?
7. ¿Considera importante facilitar la movilidad de los graduados que todavía no tienen una cualificación profesional completa y que quieren acceder a una formación remunerada o a prácticas supervisadas en otro Estado miembro? ¿Tiene alguna sugerencia? Por favor, especifique sus razones.
8. ¿Cómo debería proceder el Estado miembro de origen en los casos de profesionales que quieran regresar después de unas prácticas supervisadas en otros Estado miembro? Por favor, especifique sus razones.
9. ¿Hasta qué punto el requisito de dos años de experiencia profesional puede llegar a ser una barrera para acceder a una profesión en la que la movilidad por Europa sea vital? Por favor, especifique sus razones.
10. ¿Cómo podría el concepto de "formación regulada" ser mejor utilizado para interés del consumidor? Si esta formación no está específicamente asignada a una profesión concreta, ¿podría suponer de utilidad la creación una lista mínima de competencias relevantes, certificada por el Estado miembro?
11. ¿Qué le parece el objetivo de un carnet profesional europeo?
12. ¿Está de acuerdo con las características propuestas del carnet?
13. ¿Qué información sería esencial en el carnet? ¿Cómo se podría organizar una actualización periódica de dicha información?
14. ¿Considera que llamarlo "carnet profesional europeo" es adecuado? ¿Podría ser más apropiado el nombre de "pasaporte profesional", que tiene una connotación de movilidad?
15. ¿Cuál es su opinión sobre introducir el concepto "currículo europeo", una especie de 28º régimen aplicable además de los requisitos nacionales? ¿Qué condiciones podrían preverse para su desarrollo?
16. ¿Hasta qué punto hay un riesgo de fragmentación del mercado a través de un número excesivo de profesiones reguladas? Por favor, muestre ejemplos ilustrativos de sectores que puedan fragmentarse más.
17. ¿Deberían desarrollarse sistemas más livianos para profesionales que acompañan a los consumidores a otros Estados miembros?
18. ¿Cómo podría simplificarse el sistema actual de declaración con el fin de reducir las barreras innecesarias? ¿Es necesario solicitar una declaración cuando la parte esencial del servicio se va a prestar online sin declaración? ¿Es necesario aclarar los conceptos "temporal u ocasional" o deberían simplificarse las condiciones para profesionales que quieran un reconocimiento de cualificaciones permanente?
19. ¿Es necesario mantener un sistema de registro "pro-forma"?
20. ¿Deberían los Estados miembros reducir el ámbito actual de los sistemas de controles previos al reconocimiento de cualificaciones y, por consiguiente, el ámbito para el régimen de derogación?
21. El sistema actual de formación mínima, ¿ofrece un acceso real a la profesión, en particular a enfermeras, matronas y farmacéuticos?
22. ¿Considera necesario modernizar los requisitos de formación mínima? ¿Deberían estos requisitos incluir también una lista de competencias? En caso afirmativo, ¿qué clase de competencias deberían considerarse?
23. ¿Los Estados miembros deberían ser obligados a ser más transparentes y a facilitar más información a los demás Estados miembros sobre las futuras cualificaciones que se beneficiarán del reconocimiento automático?
24. ¿Debería replantearse el sistema actual de notificación de nuevas titulaciones? ¿Deberían esas notificaciones realizarse en una etapa previa? Por favor, especifique sus razones.
25. ¿Considera necesario modernizar el régimen de reconocimiento automático, en concreto la lista de actividades del Anexo IV?
26. ¿Cree necesario acortar el número de años de experiencia profesional necesarios para sacar el título para el reconocimiento automático?
27. ¿Ve necesidad de tener más en cuenta el desarrollo profesional continuo a nivel de la UE? Si la respuesta es sí, ¿cómo puede esta necesidad reflejarse en la Directiva?
28. La extensión del IMI a profesionales fuera del ámbito de la Directiva de servicios, ¿creará más confianza entre los Estados miembros? ¿Debería la extensión de la obligatoriedad de usar el IMI incluir un mecanismo de alerta proactivo para casos en los que un mecanismo de este tipo no se aplique, en concreto, para las profesiones sanitarias?
29. ¿En qué casos debería ser obligatoria la alerta?
30. ¿Ha encontrado problemas importantes con el sistema actual de idiomas, tal y como está previsto en la Directiva?
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