http://www.jccm.es/prensa/nota.phtml?cod=18494
La implantación de la carrera profesional del SESCAM pretende reconocer la aportación de los profesionales en la mejora de la calidad asistencial; diferenciar a los profesionales, otorgando reconocimiento objetivo a su competencia profesional individual; generar una mayor corresponsabilidad del profesional y fomentar la cultura de compromiso con la gestión del Servicio de Salud; y conseguir un mayor grado de motivación de los profesionales, con la consiguiente mejora en la gestión de los servicios sanitarios.
4 niveles
En el modelo de carrera profesional del SESCAM se establecen cuatro niveles, a los que el trabajador accederá de forma voluntaria en función de la evaluación y de la acreditación del ejercicio profesional en un número de años para cada nivel. En la evaluación se tendrá en cuenta la actividad y competencia asistencial, la implicación y compromiso del profesional con la organización, además de otros méritos como la formación continuada, docencia e investigación.
Para la obtención del primer nivel será necesario acreditar cinco años de ejercicio profesional, y para acceder al grado superior deberá transcurrir igualmente un periodo mínimo de cinco años.
Para alcanzar el tercer y cuarto escalón será necesario acreditar seis y siete años, respectivamente.Las retribuciones por el complemento de carrera profesional supondrán un incremento anual para los licenciados sanitarios de entre 3.000 y 12.000 euros y para los diplomados sanitarios de entre 1.950 y 7.800 euros.
Con carácter excepcional se establecerá la implantación de un procedimiento extraordinario, en el periodo 2006-2009, mediante el cual el personal licenciado y diplomado sanitario fijo que ostente tal condición a fecha 1 de julio de 2006 pueda acceder sucesivamente a los niveles 1, 2 y 3 de la carrera profesional en función de los requisitos establecidos para cada caso.
Al final de este periodo el incremento salarial sólo por complemento de carrera será de una media del 15%.
Por otra parte, el acuerdo alcanzado hoy establece que el personal interino podrá solicitar voluntariamente la evaluación de su desarrollo profesional. No obstante, el grado que en su caso se reconozca sólo tendrá efectos a partir de la obtención de la condición de personal fijo en la categoría evaluada.´