2/02/2008

Los enfermeros deberán acreditar cada cinco años su competencia para ejercer


Los estudios pasarán de los actuales tres cursos de la diplomatura a una licenciatura universitaria de cuatro El presidente del Colegio de Enfermería dice que el proyecto pretende devolverles la «seguridad jurídica»

El colectivo de enfermería español deberá acreditar cada cinco años su competencia profesional para ejercer su labor ya que, en caso contrario, será excluido del registro de esta profesión. Máximo González Jurado, presidente del Consejo General de Enfermería (máximo órgano de regulación de la profesión, que representa a los 240.000 enfermeros que trabajan en España), anunció que con esta medida se pretende dar cumplimiento a la Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias y persigue como objetivo final impulsar la calidad de la asistencia sanitaria y conseguir una mayor garantía en la seguridad de los pacientes.

La novedosa iniciativa obligará a esta profesión a recibir cursos de formación continuada, así como asistir a simposios y a reuniones científicas para «acreditar regularmente su competencia profesional».

En caso de que en cada quinquenio no pudieran responder de manera positiva a las evaluaciones competenciales requeridas, estos profesionales sanitarios serán sometidos a un test de 150 preguntas, que deberán superar para seguir ejercitando su profesión. Pero, además, subrayó González Jurado, el colectivo de enfermería abordará otros «inminentes y trascendentales cambios», que también redundarán en beneficio del ciudadano y en la mejora de la calidad asistencial del Sistema Nacional de Salud.

A partir de este año los estudios de enfermería pasan de la antigua diplomatura, de tres años de duración, a la licenciatura universitaria (Grado) de cuatro años, que implicará 240 créditos europeos. Así, el plan de estudios de la profesión enfermera también se adapta al Proceso de Bolonia, que persigue la construcción para 2010 de un Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) compartido por 46 países del continente.

«El mejor de Europa»

El presidente del Consejo calificó esta conversión como un «hito histórico», al tiempo que vaticinó que «el nuevo plan de estudios de la enfermería española se convertirá en el mejor de Europa», toda vez que garantizará la «enorme calidad y competencia» de los profesionales españoles de esta rama. Esta formación universitaria será complementada con una de las siete especialidades de enfermería que se encuentran en la actualidad en proceso de desarrollo, por lo que la formación de una enfermera consistirá en un proceso de no menos de seis años de duración, tras el cual los profesionales pasarán a ser enfermeras especialistas.

Para acceder al máster universitario, los enfermeros deberán cursar uno o dos años académicos (60 ó 120 créditos europeos) y para cursar la especialidad, entre dos o tres años, dentro del segundo ciclo. El tercer y último ciclo corresponderá al doctorado una vez se presente la correspondiente tesis doctoral.

Como es obvio, Jurado no olvidó recordar el estado de la situación en que se encuentra la controvertida 'prescripción enfermera', que deberá ser regulado por una orden ministerial que, a su juicio, sólo pretende "devolver la seguridad jurídica" a los profesionales de este colectivo. Se trata, especificó, de «devolver la legalidad» a las 170 intervenciones enfermeras que desde la aprobación de la Ley del Medicamento sumían a los profesionales de la enfermería en una «situación de ilegal» en el cumplimiento de sus funciones asistenciales.

Orden ministerial

Para culminar en esta iniciativa, el ministro de Sanidad, Bernat Soria, creó un grupo de expertos de las CCAA y elaboraron un documento de trabajo previo. Después, tanto los Colegios de Enfermería, como los de Médicos y Podólogos presentaron sus respectivas alegaciones y, posteriormente, Gobierno central y los representantes de las 17 Comunidades Autónomas concluyeron en un proyecto unánime de la normativa. Ahora solo falta que el Consejo de Estado emita dictamen sobre si la disposición legal está ajustada a derecho, para dar paso a la firma de la orden ministerial y a su publicación en el BOE.

El texto legal de esta orden establece que para que los enfermeros puedan autorizar el catálogo de medicamentos que se defina será imprescindible que se cumplan tres fases: un consenso previo entre médicos y enfermeros; que dicho consenso se materialice en la elaboración de un protocolo que establezca de forma detallada el 'cómo y cuándo', es decir la descripción de los casos concretos en los que se puede usar o autorizar; y, finalmente, los protocolos elaborados que deberán ser aprobados por las autoridades sanitarias.

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